Información municipal/ Calendario fiscal municipal 2013

Calendario fiscal municipal 2013

Del 1 de marzo al 30 de abril de 2013
  • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
  • Tasa Entrada de vehiculos (VADOS)
  • Fin admisión domiciliaciones 28 marzo 2013

Del 5 de junio al 4 de septiembre de 2013
  • Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana
  • Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica
  • Fin admisión domiciliaciones 17 Julio 2013

Del 3 de octubre al 2 de diciembre de 2013
  • Tasa de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos
  • Impuesto Sobre Actividades Económicas
  • Fin admisión domiciliaciones 25 octubre 2013
Sistema especial de pago:

Se aplica al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (rústica y urbana).
Aquellos contribuyentes que así lo soliciten en el plazo de 2 de enero a 31 de marzo de 2013, podrán pagar sin intereses, sin recargos y sin garantía los recibos en 4 plazos iguales, coincidiendo el primero de los mismos con el último día del periodo voluntario de cada tributo y los tres siguientes con 30 días de separación.

Para ello es imprescindible que se cumplan los siguientes requisitos:
  • Los recibos deben ser de vencimiento periódico y notificación colectiva (no liquidaciones)
  • El importe del recibo debe ser mayor de 100,00 euros.
  • Autorizar la domiciliación de los pagos de los recibos a fraccionar, para lo cual en el modelo de solicitud de este tipo de pago deberá rellenarse la cuenta de domiciliación bancaria.

Este sistema especial de pago se mantendrá hasta su revocación por el interesado.

El impago de cualquiera de estos recibos fraccionados, determinará el inicio del periodo ejecutivo al día siguiente del vencimiento del plazo incumplido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54.1.a) del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Otra información:

Los avisos de pago contienen el código de barras con la información necesaria para poder efectuar el pago en los cajeros de las Entidades colaboradoras que dispongan de lector. De esta forma el pago se puede realizar a cualquier hora del día todos los días de la semana. Así mismo, cada aviso contiene la referencia para poder efectuar el pago por internet desde la página web del banco del titular, siempre que esté incluido entre las entidades colaboradoras que se relacionan.

Las personas que en los primeros 15 dias de cada periodo no hayan recibido los documentos de pago en su domicilio, deberán solicitarlos en el Ayuntamiento para poder efectuar el pago en las Entidades colaboradoras.

Puede solicitar su copia por correo electrónico.

En los avisos de pago se informará de la fecha límite para aceptar la domiciliación de cada tributo.

Los recibos domiciliados se cargarán en cuenta en la segunda mitad de cada periodo.

Ventajas de la domiciliación:

Para el ciudadano:

Recibe una Bonificación del 3% en todos los recibos atendidos mediante domiciliación bancaria.
Ahorra tiempo y molestias en las colas del banco en los días de pago.
Evita los posibles recargos derivados de los retrasos por olvido o por la ausencia.
Tiene el compromiso de que Ayuntamiento no cargará el recibo hasta la segunda mitad del periodo voluntario de pago.

Para el Ayuntamiento:

Evita gastos de gestión al reducir los trámites administrativos.
Ahorra papel, con el consiguiente repercusión ambiental.
Ahorra de tiempo en gestiones mecánicas, que el puede destinar a otras actividades que mejoran la calidad de los servicios ciudadanos.


Entidades colaboradoras:
Banco Español de Crédito - Banco de Valencia - La Caixa - Caja de Ahorros del Mediterraneo - Caja de Murcia – Caja Rural Valencia - Banco Santander - Banco Bilbao Vizcaya Argentaria – Caixa Popular SCVC - Banco Popular Español - Catalunya Caixa - Caixa Galicia - Bankia – Caixa Rural Torrent – Banco Sabadell – Banco Pastor - Caixa Penedés.


Informar a los contribuyentes que transcurrido el plazo de recaudación en período voluntario sin haberse efectuado el pago, éste será exigido por el procedimiento de apremio, con los recargos, intereses de demora y costas que legalmente procedan.

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